En la mañana de hoy, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto dos recursos de casación planteados en dos reclamaciones de consumidores contra cláusulas de sus escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, que les atribuían el pago de todos los gastos e impuestos generados por la operación.
Según la nota de prensa publicada por el Gabinete Técnico de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en ambas sentencias el Tribunal ha partido de su propia jurisprudencia sobre la abusividad de una cláusula que, sin negociación y de manera indiscriminada, atribuye en todo caso el pago de los gastos e impuestos al consumidor, a pesar de que la ley, según los distintos supuestos, hace una distribución de los mismos.
En los dos recursos planteados ante el Tribunal Supremo se discutía ya únicamente lo relativo al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
El Tribunal Supremo estima en parte los recursos planteados por los consumidores, y distingue dos situaciones:
1. El impuesto sobre la constitución del préstamo, considera que el pago le corresponde al prestatario
2. El impuesto por el timbre de los documentos notariales, el impuesto por la matriz le corresponderá abonarlo por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.
Consideramos que, conociendo ya el criterio del Tribunal Supremo a este respecto, gozamos ya de mayor seguridad jurídica a la hora de reclamar judicialmente contra las cláusulas de las escrituras de préstamos con garantía hipotecaria, y más en concreto qué gastos podemos reclamar.