Este lunes se ha abierto la puerta para acabar con la discriminación frente a aquellos trabajadores con una relación estatutaria temporal- tema que estaba de nuevo en auge en la región-  al reconocerse por primera vez por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el derecho de un facultativo interino a percibir el complemento de carrera profesional. 
 

Este resultado tiene como origen la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria del Gerente del Departamento de Salud del centro médico, sobre la solicitud de reconocimiento de acceso a dicho complemento. Los Magistrados del TSJ resolvieron mediante una sentencia sin precedentes y que,  consideramos que tiene un gran alcance para los profesionales sanitarios, ya que es la primera vez que se reconoce de modo explícito a trabajadores estatutarios de Sanidad, puesto que hasta ahora únicamente estaba contemplado  para funcionarios  stricto sensu.
La base de este pronunciamiento novedoso es la aplicación, directa y prevalente sobre el derecho interno, de la Cláusula Cuarta de la Directiva 1999/70 del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativo al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE  el CEEP sobre trabajo de duración determinada. En la mencionada Directiva, se resalta la negativa a tratar a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos por el mero hecho de tal duración, siempre y cuando,  tal desempeño corresponda a un puesto en igualdad de condiciones y  salvo, que se justifique un trato diferente por razones objetivas. 
Por lo tanto, el TSJ considera que es “inaplicable por contradicción clara y objetiva de la referida Directiva” y que además, debemos tener presente que  este reconocimiento es para aquellos interinos de larga duración, es decir, de más de cinco años.
Sin duda alguna, esto supone un nuevo avance frente a los derechos de los trabajadores de carácter temporal, que bajo todas las premisas, irá mas allá de los profesionales sanitarios de la Comunidad Valenciana, sentando un precedente al resto de Comunidades Autónomas.