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La grabación de una conversación de despido entre trabajador y empresario es admitida como prueba.
Según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, es admisible la grabación de una conversación entre una trabajadora y la letrada y apoderada de la empresa en un proceso de despido, siempre que la grabación sólo afecte a las relaciones laborales.


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(Ancho:270px) Prejuicialidad suspensiva por falsedad documental en el procedimiento laboral.

Con carácter general el artículo 86.1 LJS establece que “en ningún caso se suspen derá el procedimiento por seguirse causa criminal sobre los hechos debatidos” Sin embargo...

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Caso de éxito: Responsabilidad por caída en un local de copas.

El Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid, ha condenado a un conocido local de copas de Madrid y a su compañía aseguradora a indemnizar a nuestro cliente con trece mil euros por los daños sufridos como consecuencia de una caída sufrida en dicho local...

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